viernes, 25 de noviembre de 2011

La Extorsión y el acoso sistemático de Parma Pena Personal Collect


Año 2000 (Crisis económica)

Era el año 2000 y me encontraba en una situación complicada. O pagaba mi tarjeta de crédito, o pagaba comida y alquiler. Sin trabajo hacia meses, venia pagando el mínimo de la tarjeta, que como ustedes saben en esos tiempos, recargaban un interés del 300% anual.  La deuda no era grande, pero mis ahorros tampoco lo eran; Entonces, lamentablemente tuve que dejar de pagar. De haber sabido la tortura a la que iba a ser llevado hubiera preferido no comer y vivir en la calle para así poder  saldar la deuda.
Mágicamente al cuarto día de dejar de pagar me llaman del banco CITIBANK. Le explico al muchacho que me llama que no tenia trabajo y que no sabia cuando volvería a tenerlo y poder así ponerme al día, pero parecía que no entendía lo que era no saber cuando a uno le iba a ingresar algo de dinero.   Los llamados personales continuaron hasta que claro, me cortaron el teléfono, también por falta de pago.
Al poco tiempo me tuve que mudar y no supe más del caso por unos años después.

Año 2008 (Comienzo de la pesadilla)

Estaba buscando trabajo en ese entonces y dejaba el teléfono fijo de mis padres para que me puedan ubicar más fácilmente, y un día llamaron y preguntaron por mí. Como no estaba, mi madre anoto el teléfono.  Cuando me avisa que llamaron, pensando que era por una entrevista laboral según le dijeron a mi madre, los llamo.
Yo: Hola si me llamaron por una entrevista soy tal y tal
Ellos: Dígame su DNI
Yo: Se los digo 
Ellos: Si lo estamos llamando del Estudio Parma Pena Personal Colletc por la deuda que aun mantiene con el Banco CITIBANK.
YO: Le explico que estaba sin trabajo y que si querían que me hagan juicio.
Al otro día comenzó la pesadilla………
Empezaron con tres llamados diarios de una maquina que pedía me comunique con ellos al teléfono 5218-3510. Luego fueron hasta siete llamados diarios 7.30, 9:30, 11:30, 14:30, 15:30, 20:30, 23:30hs aproximadamente todos los días de la semana inclusive sábados y domingos. 
Los llamados eran a mis padres por lo cual la desesperación era doble. No tenia forma de saldar la deuda por no tener trabajo y además torturaban a mis viejos sin tener nada que ver.
Varias veces mi madre los llamo y les explico que ya no vivía más ahí. Le decían que la iban a borrar de la lista y una semana después volvían los llamados.
Me comunico con ellos, le explico mi situación y les doy mi celular para que me llamen a mí y no a mis padres.
Una vez a la semana me llamaban, siempre desde un número no identificado, y charlábamos por decirlo de alguna manera.  Yo estaba sin trabajo y les decía que cuando consiguiera algo me comunicaría con ellos. Para colmo me decían que no me iban a sacar del Veraz y eso hacia que se me complicara el conseguir trabajo.  
Cada tanto me llamaba algún desubicado que me ofrecía que me anotara en un Plan Social y así poder pagar la deuda en pequeñas cuotas, por lo que yo le contestaba que me parecía una barbaridad hacer eso y que gracias pero no.
El tiempo fue pasando y hablaba casi siempre con un operador distinto hasta que un día me toco un tarado que me ofrece cancelar la deuda en menos del 8% del monto total que me pedían.
Me pareció muy poco, y sospeche. Para que tengan una idea la deuda era de 5.200 pesos, con los intereses me pedían 45.000 pesos y ahora me ofrecían cancelar todo por  3500 pesos antes de fin de  mes
(Aclaración aparte: Yo en ese momento estaba en un poso depresivo, sin trabajo, en el Veraz y una deuda que representaba trabajar dos años y medio para poder pagarla)
Acto seguido de semejante oferta de cancelación, le pregunto a este pobre infeliz ¿que pasaba si no podía  juntar esa plata antes de fin de mes?
Y el muy caradura me contesta que correrían los intereses y que me iban a hacer juicio ejecutivo, Veraz, etc.
Obviamente me estaba mintiendo, de haberme querido hacer juicio lo hubieran hecho antes, etc; etc. con lo cual quedo en llamarlo.
Ese día me di cuenta con que clase de gente estaba tratando. Fue un pequeño despertar. Me pongo a averiguar algo por Internet y comienzo a conocer mis derechos y demás. También saque un Veraz y resulto que ya no figuraba, ya que habían pasado más de 5 años.
Aprendí bastante rápidamente sobre leyes de tarjeta de crédito, derechos de los consumidores,  actitudes legales he ilegales de este tipo de cuasi estudios, etc.
Y así, cuando volvieron a llamar junte algo de fuerzas y la comunicación fue otra porque:
  • La deuda se había convertido en una deuda natural, es decir como una deuda  entre amigos por apostar a ver quien gana entre Boca o River.
  • No estaba más en el Veraz.
  • No me podían hacer ningún juicio
  • La deuda estaba prescripta desde el 2004
  • Además de saber que estaba tratando con estafadores que me habían estado mintiendo durante todo el 2009 y parte del 2010 y que lo único que querían era sacarme algo de plata sea como fuera.   
Luego de un par de intercambios de insultos con estos estafadores por supuesto volvieron a llamar a mis padres, como reprimenda, se entiende.
Note, que siempre querían que me acerque hasta las oficinas de Talcahuano 38 5º A, ya sea para charlar o para firmar un acuerdo. En realidad lo único que querían era que concurra a sus oficinas para convencerme de firmar un pagare EL CUAL CERTIFICARÍA LA EXISTENCIA DE LA DEUDA PARA CON ELLOS. Esto es importante, ya que el banco les vende las deudas  a este tipo de estudios pero sin documentación respaldatoria alguna y la firma de un pagaré, les da ese respaldo de reconocimiento. Ellos no tienen documentación alguna, las deudas están prescriptas,  si pasaron más de 5 años, uno tampoco esta en Veraz, entonces la única forma de tener algún poder documentado para seguir presionando es a través de la firma de un pagare, el cual revitaliza, por decirlo así, los tiempos de prescripción y les da el poder a ellos para ejecutarlo
 
Volviendo con el relato, nuevamente vuelven a llamar a mis padres con la maquina dejando el mismo mensaje, mi madre vuelve a llamarlos para avisarles que ya no vivo más ahí pero igual no la escuchan. Luego los llamó mi padre y la operadora que lo atendió le decía que si yo no pagaba lo iban a seguir llamando todos los días de la semana hasta que pague

2011 (El despertar)

Al otro día, cansado de todo esto, lamentándome el haberme asesorado solo por Internet, y no con profesionales como debería haberlo hecho, comienzo a buscar ayuda profesional y luego de ser rechazado por Defensa del Consumidor (no lo deberían hacer ya que existió una relación de consumo) consigo la dirección de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, .Piedras 445 5ª Piso Cap. Fed. y ahí me asesoro con un abogado.
Me explican que la intención de Parma Pena Personal Colletc y demás estudios es asustar a la gente para que concurra a sus oficinas y firmen un pagaré, ya que no cuentan con documentación alguna  respaldatoria. Me cuentan que la técnica funciona ya que la gente se asusta, con mentiras de embargos, llamados a sus respectivos trabajos y amigos para humillarlos, presionarlos, etc. etc en conclusión para EXTORSIONAR.
Luego en la defensoría me hacen escribir el reclamo formal para iniciar acciones contra este estudio.
(Lo que hace la defensoría en enviar exhortos,  solicitando información.  Lo malo de estos es que no tienen una multa en caso de que no sean contestados. Esta aclaración la hago ya que por eso el trámite se demora sobremanera cuando si existiesen multas por no contestar, como paso, se hubiera tardado menos.)

El primer exhorto se envió solicitando información de la deuda, documentación respaldatoria de la misma y la tenencia, de la misma,  es decir quien se adjudicaba la propiedad de la deuda ahora.
La clave aca en la solicitud de la documentación radica en que no se trata de pagar o no las deudas. Eso lo recalco. El tema es que si no se tiene documentación respaldatoria, cualquiera me puede llamar mañana solicitando pago. Aun si pago, y esto lo repito, aun pagando las deudas, ¿que les impide a estos cuasi mafiosos estudios que mañana me vuelvan a llamar?. Piénsenlo, lo único que tienen es un número de teléfono y una máquina que hace llamadas.
  … Santiago y Horacio Hector Parma así como Hector Pena dirían: “Tengo un negocio bárbaro. Toda esta gente tuvo una deuda  Los llamamos todos los días hasta que paguen. Si  vienen y pagan los volvemos a llamar diciendo que ahora nos deben los intereses. Total, pagan. El negocio cierra. Después vendemos la cartera a otro estudio y listo. Que le sigan pagando a ellos.“…

Lamentablemente por más ridículo que parezca, este tipo de negocio funciona asi. Existe un vacío legal en el cual se establezca como pueden operar estos cuasi estudios, en realidad call center de cobranzas que tanta rotación de personal tienen.
Existen en otras partes del mundo leyes que protegen a los ciudadanos contra estos abusos. Una de esas leyes es las 1238. Según entiendo en Ciudad de Bs As se copia de una de México.
Trascribo la ley y lo que es ahora en la legislatura porteña el proyecto de ley 1238

  
PROYECTO DE LEY
Accionar de las agencias de  cobranza extrajudicial de deudores morosos

ARTÍCULO 1º: La presente ley tiene por objeto establecer el marco jurídico en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires relativo al  accionar de las agencias de  cobranza extrajudicial de deudores morosos.-
ARTÍCULO 2º: A los fines de la presente Ley se entenderá que es Agente de Cobranza toda persona física o jurídica  que procure el cobro de deudas en mora.
ARTÍCULO 3º: Queda prohibido:
A-        La reiteración de llamados que hostiguen al deudor en mora como método de cobranza.
B-        La realización de  llamados telefónicos a los teléfonos laborales.-
C-        La realización de llamados telefónicos en horarios inconvenientes o que sean manifiestamente molestos. Se entiende  como horarios inconvenientes antes de las 9:00 AM  y después de las 20:00.PM
D-        La realización de llamados  telefónicos en días no hábiles, sábados o domingos o feriados.-
E-        El envío de misivas postales abiertas.-
F-        El envío de misivas postales dónde, aún cerradas, a vista de terceros se note que es un intento de cobro de deuda en mora.-
G-        El envío de misivas postales al domicilio laboral del trabajador.
ARTÍCULO 4º: En caso que el deudor solicite que no se lo vuelva a contactar en forma telefónica o epistolar quedará absolutamente prohibido reiterar estos contactos; para ello bastará que se lo haga saber al agente de cobranzas.-
ARTÍCULO 5º: De forma.


Siguiendo con el relato, exhorto va, exhorto va, y no me equivoco ya que no contestaban ninguno,  llega la primera contestación del banco a los cuales se les envió solicitud de información. 
La respuesta del banco Citibank fue que el señor no esta informado ni posee deuda alguna con nosotros.“
De hecho me llamaron por teléfono a la casa de mis padres para ofrecerme una tarjeta de crédito, dos semanas mas tarde.
Luego, a los meses contestan otro de los exhortos, el titular aparente de la deuda
FCR FC Recovery S.A. Av. de Mayo 195 Piso 4º/5º  los cuales en un escrito informal describen saldo deudor de tarjeta de crédito y solo acompañan como documentación respaldatoria fotocopias del contrato de la tarjeta.

A esta respuesta la defensoria envía otro nuevo exhorto solicitando:

1.      Fecha en la que se constituyo la deuda
2.      Documentación respaldatoria de la deuda, ya que fotocopias del contrato de tarjeta solo demostraban que se había solicitado el plástico pero no que el mismo había quedado con deuda

2012     (El Final)
Para resumir, luego de 6 meses, los verdaderos titulares de la deuda, y no Parma Pena Personal Colletc, contestaron que no tenían mayor documentación alguna más que unas fotocopias del contrato que se firma cuando uno saca una tarjeta de crédito y que por ende cesaban en los reclamos efectuados sin reconocer hechos ni derechos.

Es decir que no hacen cargo de todos los intentos de EXTORSIÓN, ACOSO, MENTIRAS, DAÑO HE INJURIAS,  POR PARTE DEL ESTUDIO PARMA PENA PERSONAL COLLETC y que deciden no molestar más.

La documentación esta a la orden de cualquier estudio serio que quiera hacer demanda contra este tipo de Call Center y así poder allanar el camino para que se sancione una ley pertinente que regule el accionar de estos Cuasi mafiosos mal llamados estudios de cobranzas extrajudiciales. Yo estoy buscando por mi cuenta.

Me olvide que mientras tanto inicié una denuncia penal por las razones arriba señaladas.
Denuncia penal
Ministerio fiscal publico
0800-333-47-225
Unidad  fiscal sur calle Almafuerte 37 Capital Federal
O a
Patrocinio jurídico gratuito: Talcahuano 550  de 9-15hs

En conclusión:
Sin son acosados por estos estudios de cobranzas
Primero: Concurran a la defensoria del Pueblo de la Ciudad de Bs As (si viven ahí o de donde vivan) y hagan la denuncia. O vayan a un abogado de confianza.
Segundo: Hagan la denuncia penal con la mayor cantidad de pruebas posibles, llamadas, cartas, etc.
Tercero: Tengan paciencia.  Las mafias juegan con la desesperación de la gente. Recuerden que lo que más quieren es que se acerquen a sus oficinas para firmar un pagare, y así hacerse titulares de la deuda y con mayores plazos para ejecutarla
Cuarto: No vayan, no  firmen nada,  denuncien
Quinto: Pague sus deudas al banco, no a estos mafiosos
Sexto: Defienda sus derechos, no estamos más en los 70´s

En unos de los párrafos aclare lamentarme por solo haberme asesorado por Internet. De haberme asesorado con un profesional hace tres años no hubiera pasado por todo lo que pase. Para que tengan una idea, cuando sonaba el celular y decía llamada no identificada,  se me cerraba el estomago. Eso es lo que buscan. Infundir temor.

La dirección legal de Parma Pena Personal Collet S. A. es
Rodolfo Rivarola 111 piso 2  “6” y 1 “1” Capital Fedral  
Presidente: Héctor Parma DNI 8.522.728  CUIT 23-08522728-9
Apoderados: Santiago Parma DNI 27.537.151   Tº 104-Fº 32 C.P.A.C.F.
Ricardo Hilario Villamonte DNI 8.550.770
Susana Ines Mignone DNI 17.623.964
Horacio Javier Goyeneche DNI 18.064.212
Anibal Elliff DNI 18.517.592
Héctor Pena DNI 10.923.047
Mario Eduardo Figini  LE  5.213.151

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La defensorías están en todo el país, les paso direcciones

“El instituto de la prescripción es un medio por el cual se pueden adquirir derechos (prescripción adquisitiva) o liberarse de ciertas obligaciones (prescripción liberatoria o extintiva) por el mero transcurso del tiempo preestablecido por la ley, según cada caso. El fundamento de la llamada prescripción liberatoria está dado en la necesidad social de impedir que una determinada deuda se extienda in eternum cuando es evidente la desidia o inacción del acreedor en ejercer su derecho a reclamarla dentro de un razonable lapso. Así se ha dicho que: “El fundamento de la prescripción reside en la conveniencia general de liquidar situaciones inestables y de mantener la paz de las familias, que no debe ser alterada por la repercusión de hechos ocurridos con mucha antelación. Si durante un largo tiempo el posible titular de la acción se ha abstenido de ejercerla, la ley no admite que lo haga cuando ya se han borrado de la memoria de los interesados las circunstancias del acto, y hasta es factible la destrucción de los documentos probatorios de la extinción del derecho. Impidiendo la utilización de la acción prescripta, se da seguridad y fijeza a los derechos, y se aclara la situación de los patrimonios, que se ven descargados de las obligaciones prescriptas. Por último, otro motivo a favor de la prescripción consiste en el probable abandono del derecho que la inacción del titular hace presumir” (Jorge Joaquín Llambías, Tratado de Derecho Civil, Parte General, Tomo I, pág. 672).
De modo tal que las deudas ya prescriptas, si bien no se extinguen, quedan convertidas en meras obligaciones naturales, es decir, que su cancelación dependen de la voluntad del deudor pues el acreedor pierde su exigibilidad jurídica. En consecuencia, la simple manifestación negativa y/o rechazo expresado por el (presunto) deudor moroso de una obligación ya prescripta, debería ser suficiente para que una agencia extrajudicial de cobranza se abstenga de continuar con el reclamo de la misma y así evitar incurrir en algunas de las prácticas abusivas caracterizadas en el art. 8º bis LDC.”